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Oficios despachados 1

Tomo 1. Oficios despachados del N°s. 1457 al 2163. Índice de los oficios enviados durante el año 1932. Al inicio del tomo tiene el índice que incluye destino, materia y número de oficio anotados alfabéticamente.
Las materias indicaron: hace presente la falta de designación de las juntas inscriptoras comunales a que obliga la vigencia del Decreto de Fuerza de Ley N°82 de 7 de abril de 1931, sobre proyecto de Ley de reforma de la Ley de Elecciones (adjunta ante-proyecto de reforma), comunica la inscripción del Partido Liberal como gran entidad política para los efectos de la Ley de elecciones vigente, solicita las aprobación por Decreto Supremo de los cuadros que acompaña de "coordinación y clasificación de la población electoral" inscrita en los registros electorales en uso en relación en relación con la división política y administrativa del territorio de la República actualmente en vigor, sobre el servicio de la inscripción electoral comunal y formación de registro municipal de electores, sobre las inscripciones extraordinarias para la formación del registro comunal de electores de municipales, sobre cobro de estampilla de impuesto por cada inscripción en el registro municipal de electores, solicita los nombramientos del personal de planta restablecido en sus funciones en la actual Ley de Presupuestos y de personal a contrata, solicita designación de reemplazantes de los miembros de la 1a y 4a Junta Inscriptora especial de esta capital, confección de cuadernos índices de electores, informa acerca de las inscripciones municipales en vigor hace notar la abstención tan general de ciudadanos a inscribirse según informaciones de las juntas inscriptoras y presenta una relación acerca de los fundamentos y doctrina del nuevo sistema de inscripciones para formación del poder electoral municipal como antecedente de estudio para resolver del mantenimiento o suspensión de las actuales inscripciones, hace presente la situación legal existente respecto a las juntas inscriptoras comunales permanentes de comunas en cuya cabecera no existe oficina del Registro Civil y solicita recabar del Ministerio de Justicia resolución correspondiente, reclama sobre la confección de los cuadros de coordinación de la población electoral a el Diario Oficial, sobre disposición de personal a contrata en el servicio de la Oficina, informa acerca de la presentación del señor Eliseo Peña Villalón reclamando de inscripción del Partido Radical Solcialista, cancelación de inscripción, sobre inscripciones practicadas indebidamente en el registro municipal de electores, sobre el Decreto Supremo N° 514 de 16 de febrero de 1932 que aprobó los cuadros de coordinación de la población electoral inscrita en los registros en uso relacionada con la nueva división política y administrativa del territorio, sobre cumpliento del requisito legal de registrar los datos del "carnet de identidad" para otorgar una inscripción electoral o municipal, confirma orden verbal sobre confección de los juegos electorales, hace notar lo angustiado de lo plazos legales en orden a la convocatoria a elección extraordinaria de diputado para elegir reemplazantes a los H. diputados designados ministros de estados, confirma envío de ejemplares en blanco del registro general, solicita datos sobre inscripción a presidentes de juntas inscriptoras, envía nómina de electores que han sido eliminados del registro electoral en conformidad a la Ley en el Departamento, sobre la cancelación del actual período de la inscripción extraordinaria en los registros municipales, pide dictar resolución acerca de la falta de funcionamiento de la 4a junta inscritora especial de Santiago en las inscripciones extraordinarias para formación del Registro Municipal de electores, citación a reunión de Tribunal Calificador, envía minuta para el mensaje presidencial en cuanto se relaciona a los servicios a cargo de esta Dirección, comunica la proclamación de senador electo por la agrupación provincial de Tarapacá y Antofagasta a Arturo Alessandri Palma, ordena exclusión de los registros electorales de individuos de nacionalidad extranjera, las inscripciones electorales y municipales deben realizarse en conformidad a la actual división territorial de la República, expirado el plazo de 60 días de funcionamiento de la junta inscriptora se debe clausurar el período de inscripciones cerrando los registros con las inscripciones que alcanzaron a realizarse, sobre elecciones generales de marzo de 1930 y disolución del Congreso Nacional, se ha observado que la mayoría de las juntas inscriptoras departamentales no han funcionado durante los últimos meses contraviniendo el artículo 9° de la Ley General sobre Inscripciones Electorales que establece que debe realizarse cada mes, pide la remisión de los datos solicitados relacionados con la inscripción municipal que se inició el 1° de marzo, envío de paquetes lacrados y sellados de juegos de registros electorales, solicitud de pago por timbraje y empaquetadura de cuadernos registros y útiles de las juntas inscriptoras para formación del registro municipal de electores (adjunta planilla de gastos), sobre liquidación de gastos motivados por la inscripción electoral permanente desde julio de 1930 hasta diciembre de 1931, solicita se ordene el pago de la remuneración fiscal y demás gastos originados por la inscripción permanente y gastos electorales de las últimas elecciones a los Departamentos, pago por publicaciones electorales, sobre el período de la inscripción electoral permanente correspondiente al mes de agosto proximo a notarios conservadores y presidentes de juntas inscriptoras, sobre las juntas inscriptoras que deben funcionar para las isncripciones ordinarias de agosto entrante a intendentes y gobernadores, solicita se ordene pagar la suma de $6.604.50, por gastos electorales originados en las elecciones extraordinarias verificada el 8 de mayo próximo pasado en el Departamento de Valparaíso, solicita se ordene el pago de la remuneración fiscal y demás gastos originados por la inscripción permanente y gastos electorales de las últimas elecciones en el Departamento de Constitución, acusa recibo copia liquidaciones por gastos y remuneraciones de los miembros de la junta inscriptora por inscripciones, pide recomendar asistencia de los tesoreros comunales a las sesiones de las juntas inscriptoras durante las inscripciones electorales de agosto próximo, hace notar la obligación de concurrir a la instalación y funcionamiento de la Junta Inscriptora correspondiente para las inscripciones de agosto próximo a notarios y secretarios de juzgados, falta de pago de los gastos de la inscripción electoral y gastos originados por elecciones pasadas es por la falta de recursos fiscales, solicita se ordene pagar la suma de $3.966.40, por gastos electorales originados en las elecciones extraordinarias de senador verificadas el 10 de abril último y de diputado efectuada el 8 de mayo próximo pasado en el Departamento de Iquique, Luis Lisboa es designado Presidente de la 1a y 2a Junta Inscriptora Electoral Especial de Santiago, acusa recibo de periódicos en que fueron publicadas las nóminas de inscritos en los registros electorales de cada Departamento, entre otros.
Los oficios en general fueron despachados a: Junta Inscriptora Electoral, Luis Lisboa, Contraloría General de la República, Servicio de Correos y Telégrafos, Ministerio del Interior, Dirección de Aprovisionamiento del Estado, Dirección del Registro Electoral, medios de comunicación escritos, Ramón Zañartu, Congreso Nacional, Servicio del Registro Civil, Balcells y Cía., Arturo Alessandri Palma, Senado de la República, Tribunal Calificador de Elecciones, Carlos Beza, Luis Vergara, Antolín Anguita, Romilio Burgos, alcaldes, intendentes, notarios conservadores, imprentas, Arturo Gardeweng, gobernadores, Partido Conservador, Partido Radical Socialista, Eliseo Peña Villalón, Ministerio de Justicia, Partido Liberal, entre otros.
Faltan los números de oficios: 1881 y 1497.

Dirección del Registro Electoral