Los firmantes proclaman, en primer lugar, su fe inquebrantable en la democracia como sistema para el logro de derechos. Reconocen que la consolidación de democracia exige el intercambio de información, la observación recíproca y métodos de consulta. Se evidencia el hermanamiento con Asociación de América Central y del Caribe. El carácter no vinculante de sus acuerdos obedece a su carácter de ONG. Se listan los objetivos de la Asociación y se acuerdan normas de procedimiento y convocatoria. Se adjunta listado de participantes en documento anexo. Incluye carta de Director CAPEL solicitando la probación de la Organización, Estatutos y Afiliación al Protocolo de Quito.
La Asociación ( Protocolo de Tikal), reunida en Kingston, Jamaica, declaran adhesión y trabajo en pro de democracia en región, agradece a IDH y CAPEL, destaca la inversión en elecciones y su eficiencia técnica como capitales y acuerda próxima reunión en 2003 en Costa Rica. JIGR es mencionado en agradecimientos por participación como académico en instancia. Se incluye folleto de Programa de Conferencia (en español) Se incluye texto íntegro de Conferencia de JIGR. Contiene además el desarrollo del tema "Procesos Electorales y Participación Ciudadana" de Rafael Roncagliolo.
Se parte reconociendo la labor de la asociación y recomendando la cooperación horizontal entre los organismos electorales nacionales. Se insta a hacer un esfuerzo en incorporar islas del Caribe de habla inglesa para lo cual se exhorta a CAPEL a producir documentación en inglés. Se insiste en la importancia de capacitar a funcionarios y ciudadanía en temas electorales. Incluye Certificado de Participación de JIGR que revisa el concepto de "lo electoral" y su evolución. Abarca sus componentes, el llamado "cuerpo electoral" Avances tecnológios, Partidos y agrupaciones polìticas, el interés público y la Justicia electoral. La Seguridad juridica electoral es parte del Estado de Derecho. En relación a los resultados electorales, éstos se basan en la confianza, nacional e internacional, que confía en que esos sean los resultados y la impugnación es un derecho que ejercer (Corregir, Modificar, Revocar o anular resoluciones electorales a través de medios de impugnación administrativos o juridiccionales. Contiene además Cuadernillo con Programa de la Conferencia y del XXV Aniversario del Protocolo.
Acta II Conferencia del Protocolo de Quito. Asociación de Organismos Electorales de América del Sur. Declaración de Caracas. Se acuerda exhortar a los organismos electorales miembros (y no miembros) al fortalecimiento de su autonomía, al perfeccionamiento de los sistemas de escrutinios y entrega de información, y la promoción de la participación de los ciudadanos, a través de campañas cívicas, especialmente dirigidas a los jóvenes. Incentivas la cooperación entre los miembros, en capacitación de personal d ellos órganos electorales y continuar con Misiones de observación. Formación de Banco de Datos y se persevera en la constitución de una organismo interamericano de organismos electorales. Ratificación de CAPEL como secretaría Ejecutiva de Organización.