Da instrucciones a las fuerzas de Carabineros en todo el país respecto del día del Plebiscito. Del carácter obligatorio del voto y de la labor de Carabineros en reguardo del orden público en recintos. En considerandos se hace alusión a la labor fundacional de la Junta de Gobierno y a la trascendencia del acto.
Decreto que, en acuerdo a los considerandos relativos a los Informes de ONU y su relación de los hechos acaecidos en el país, llama a una Consulta Nacional para que la ciudadanía se pronuncie respecto del respaldo al Gral. Pinochet frente a la agresión internacional. Contiene instrucciones detalladas del proceso y procedimiento de votación en Consulta.
Estas instrucciones radican la dirección de la Consulta al Ministerio del Interior y a las Municipalidades. Establece la obligatoriedad del voto y los locales de votación considerando la no existencia de padrones electorales. Se establece la forma de funcionamiento de las Mesas con vocales designados por los Alcaldes. Da instrucciones respecto del conteo y escrutinio de los votos y de la transmisión de consolidados. Contiene 3 facsímiles de votos.
Es una reflexión respecto de las condiciones en que se vota en el Plebiscito para aprobar la Constitución de 1980. Se concluye que no están dadas las condiciones y que no puede, a la luz del Magisterio de la Iglesia, votarse afirmativamente.